viernes, 11 de marzo de 2011

Gobierno Bolivariano incentiva enfoque social en el desarrollo espacial

El Gobierno Bolivariano manifestó la importancia del uso pacífico de las tecnologías espaciales y de sus aplicaciones como herramienta para satisfacer las necesidades sociales y la generación de capacidades científico-tecnológicas.

Publicado el 11/03/2011.
El Gobierno Bolivariano promueve el uso pacífico del espacio ultraterrestre, en aras de fortalecer la inclusión social, la independencia tecnológica y la creación de capacidades científico-tecnológicas, en el 48 Período de Sesiones de la Subcomisión de Asuntos Científicos y Técnicos de la Comisión sobre la Utilización y Exploración del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS), celebrado en la ciudad de Viena, Austria.
Así lo informó Francisco Varela, director ejecutivo de la Agencia Bolivariana para Actividades Espaciales (ABAE), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (MCTI).
Varela, quien además asistió en compañía de Alí Uzcátegui, Representante Permanente de Venezuela ante los Organismos Especializados de las Naciones Unidas (ONU), destacó los logros gubernamentales que en materia espacial, ha obtenido el Gobierno Bolivariano, como la puesta en órbita del satélite Simón Bolívar, en cooperación con la República Popular China.
Explicó que “en la actualidad la plataforma satelital venezolana contribuye a la promoción de valores culturales, la educación, la salud, el suministro de servicios de telefonía rural, Internet, programas de tele-salud y la difusión de señales de radio y televisión a nivel nacional e internacional”, entre otros beneficios sociales.
Este evento internacional de Naciones Unidas, celebrado del 7 al 18 de febrero de 2011, en Austria, contó con la destacada participación de Venezuela en cuanto a sus proyectos, ejecutados por el MCTI en articulación con el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (Mppre), el cual apoya a su vez, la revisión, suscripción y ratificación de tratados internacionales en la materia, comentó por su parte Roberto Becerra, director de la Oficina de Asuntos Internacionales de la ABAE.
Según Becerra, “a través de la ABAE, ente encargado de ejecutar las políticas públicas venezolanas en materia espacial, se elaboran en coordinación con el MCTI, las diversas temáticas argumentadas y presentadas en la sesión técnica 2011 del COPUOS, tales como: La mitigación de los desechos espaciales, el uso equitativo y racional de las distintas posiciones orbitales que albergan los satélites artificiales, el uso de las fuentes de energía nuclear en el espacio ultraterrestre, entres otros”.
Cabe destacar, que entre las iniciativas que lidera Venezuela en el marco de la COPUOS, se identifica el fortalecimiento del Grupo Latinoamericano y del Caribe (GRULAC), y el Grupo 77 con China, como parte del impulso de una agenda común de los países del Bloque Sur Sur y la promoción de temáticas relacionadas con la multipolaridad.
Varela, por su parte indicó que otra posición asumida por Venezuela, fue reiterar la responsabilidad de los Estados en las actividades espaciales, desarrolladas tanto por sus entidades gubernamentales como no gubernamentales y, acentuó la necesidad de ser equitativos en el acceso de los recursos espaciales.
Además, Varela agregó la importancia del uso sustentable del espacio ultraterrestre, en virtud diversos de que algunos países han desechado dispositivos que actualmente se encuentran orbitando alrededor de la tierra, transformándose en chatarras espaciales que perturban las nuevas misiones de lanzamiento, entre otros aspectos.
Finalmente, Varela reseñó que la ABAE avanza en la consolidación del Proyecto Centro de Investigación y Desarrollo (fábrica de pequeños satélites) que busca la generación de tecnología espacial propia, a través del fomento de redes científicas integradas al sector, favoreciendo así la investigación en áreas transversales tales como: ciencia de los materiales, electrónica, química, telecomunicaciones, educación, informática o geofísica, entre otras.



Gobierno Bolivariano convoca al II Congreso Venezolano de Diversidad Biológica

EL Congreso busca crear un espacio para el intercambio de saberes y experiencias sobre conservación de la Diversidad Biológica con compromiso social.

 Publicado el 10/03/2011.
El Gobierno Bolivariano, a través de la Oficina Nacional de Diversidad Biológica del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente y la Universidad Bolivariana de Venezuela, convoca al II Congreso Venezolano de Diversidad Biológica que se realizará del 22 al 25 de mayo del 2011, en la sede de la UBV en Los Chaguaramos, Caracas. Este congreso pretende crear un espacio para el intercambio de saberes y experiencias sobre conservación de la Diversidad Biológica con compromiso social.
Todas las instituciones, estudiantes, colectivos, productores/as, investigadores/as, cultores/as de la Ciencia, comuneros/as, militantes, aficionados/as y público general, que deseen mostrar sus trabajos o experiencias vinculadas a la Estrategia Nacional para la Conservación de la Diversidad Biológica, pueden hacerlo a través de la presentación de carteles o conversatorios. Los carteles son afiches a través de los cuales cualquier los participantes pueden mostrar sus trabajos en conservación de la Diversidad Biológica, mientras que los conversatorios son espacios destinados para que las comunidades muestren experiencias concretas en gestión de la conservación de la diversidad biológica con compromiso social.
Áreas temáticas
  • Gestión de la información sobre Diversidad Biológica.
  • Conservación de especies amenazadas.
  • Áreas estratégicas para la conservación.
  • Aprovechamiento sustentable de la Diversidad Biológica.
  • Prevención, control y erradicación de especies exóticas.
  • Control y fiscalización de organismos genéticamente modificados.
  • Prevención y manejo del tráfico o comercio ilícito de especies.
  • Educación para la conservación.
  • Legislación ambiental.
  • Gestión para la conservación.
  • Gestión y política internacional.
Inscripción
  • Se recibirán inscripciones de trabajos entre el 14 de marzo y el 14 de abril de 2011. Mientras los asistentes no ponentes deberán inscribirse hasta el 1 de mayo de 2011.
  • La inscripción, en cualquiera de las modalidades, no tiene costo alguno.
Información
  • Toda la información relacionada con la Estrategia Nacional para la Conservación de la Diversidad Biológica 2010-2020, modalidades de presentación, inscripción y actividades en el marco del II Congreso Venezolano de Diversidad Biológica puede encontrarse en la página www.congreso.diversidadbiologica.info.

Unidad de Planificación y Seguimiento de la Estrategia Nacional de Conservación de la Diversidad Biológica
Oficina Nacional de Diversidad Biológica




jueves, 10 de marzo de 2011

Admitida acción judicial presentada por los presidentes de los consejos legislativos de los estados Zulia y Miranda

La Sala Constitucional en ponencia de su vicepresidente, magistrado Francisco Carrasquero López, admitió la demanda interpuesta por Eliseo Fermín Escaray y María Barboza, presidentes de los consejos legislativos de los estados Zulia y Miranda, respectivamente, contra la supuesta omisión legislativa de la Asamblea Nacional (AN) en dictar la Ley de Hacienda Pública Estadal, a que se refiere el cardinal 6 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 

Esgrimieron Eliseo Fermín y María Barboza en el escrito presentado ante la Sala Constitucional, que la aprobación de la Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal no constituye una facultad discrecional de la Asamblea Nacional, sino un mandato constitucional. Agregaron que han trascurrido más de 6 años desde que la AN recibió las observaciones a la Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal, con lo cual, resulta imputable al Poder Legislativo la omisión que se denuncia.

 La Sala del Máximo Juzgado del país después de revisar las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y no encontrarlas presentes en el caso, admitió la acción judicial presentada, “sin perjuicio de la potestad que asiste a esta Sala de examinar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia en cualquier estado y grado del proceso”, señaló la sentencia.

En vista de la admisión la Sala Constitucional ordenó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para que practique la citación del Presidente de la Asamblea Nacional, además, la notificación de la Fiscal General de la República, la Defensora del Pueblo y la Procuradora General de la República.

Finalmente el Máximo Tribunal del país ordenó la notificación de Eliseo Fermín Escaray y María Barboza, y librar el cartel de emplazamiento a los interesados.




Inadmisible una acción de amparo contra el Presidente de la República


La Sala Constitucional en ponencia de su presidenta, magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por Carlos Vecchio y Valentina Issa, contra el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y el entonces Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información, Mauricio Rodríguez.
Constató la Sala del Alto Tribunal del país que la acción de amparo está dirigida a cuestionar el uso que se da a los mensajes y alocuciones oficiales cuya transmisión gratuita puede ordenar el Presidente de la República, directamente o a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), a los operadores que presten servicios de televisión por suscripción, y a las empresas de radiodifusión sonora y televisión abierta, de conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
Observó la Sala que Carlos Vecchio y Valentina Issa alegaron en el escrito presentado ante el TSJ que el Primer Mandatario venezolano ha incurrido en abuso de poder o de derecho, al hacer uso no razonable de la potestad discrecional que le tiene atribuida el artículo 192 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
 La Sala Constitucional recordó, entre otros aspectos, que con ocasión de pretensiones de amparo constitucional como la presente, ha determinado que el control de los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, es tutelable ante de la jurisdicción contencioso-administrativa, en razón de que la Carta Magna otorga competencia a los órganos de dicha jurisdicción para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho.
Recordó la sentencia que el artículo 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que: “Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar al pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad de la Administración; conocer de reclamos por la prestación de servicios públicos; y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa”.
Basada en lo anterior la Sala Constitucional dictaminó que la acción de amparo intentada es inadmisible a tenor de lo prescrito por el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.