Hildegard Rondón de Sansó, experta en Derecho Público y ex
magistrada del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), aseguró que Venezuela goza
de normalidad constitucional “total y completa”, al referirse al caso de la toma
de posesión del presidente Hugo Chávez Frías.
La especialista, quien ha estudiado la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela (CRBV) desde su nacimiento hace 13 años, resaltó que en estos
momentos la oposición intenta hacer creer al pueblo, mediante interpretaciones
erradas, que el texto contempla una nueva causal de falta absoluta.
Las faltas del Presidente son temporales o absolutas y esta
última se da en caso de muerte, renuncia, incapacidad física o mental
permanente, constatada y aprobada por el TSJ y la Asamblea Nacional,
por lo que Rondón aseguró que el Comandante Chávez no cumple ninguna de éstas.
El Primer Mandatario nacional se encuentra en un permiso
otorgado por el Poder Legislativo, de forma unánime, para su intervención
quirúrgica, “este es un hecho que no forma parte de la política sino de lo
humano”, por lo que no se puede catalogar como una falta que el presidente
Chávez se encuentre en el exterior tratando de recuperar su salud.
“La Carta Magna
venezolana presenta un sistema para suplir las faltas y para que no exista vacío
de poder, que en este momento no existe”, dijo Rondón, al referirse a que en el
caso actual se han respetado todas las previsiones constitucionales.
“La condición del presidente Chávez es la de un mandatario
reelecto, por lo que Chávez ya está en posesión de su cargo y pedir una nueva
juramentación carece de lógica”, de acuerdo a la opinión de la especialista en
leyes. El único significado real y efectivo de la fecha del 10 de enero es que
desde ese momento empieza a correr el período presidencial, indicó.
Con el permiso otorgado al presidente Chávez por el
Parlamento Nacional y la aprobación de la solicitud para que tome posesión ante
el Tribunal Supremo de Justicia, queda demostrado que desde el Gobierno
Bolivariano se garantiza plenamente el cumplimiento de la máxima ley
venezolana.
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