lunes, 8 de abril de 2013

Prorrogado plazo de postulación para Consejos Disciplinarios de Policía



En Gaceta Oficial número 40.140 de fecha 04 de abril de 2013 fue publicada la Providencia N° 003 que extiende hasta el próximo 04 de mayo el plazo de recepción de postulaciones para la conformación de los Consejos Disciplinarios en los cuerpos de policía municipales, estadales y Nacional, tal y como lo establecen las leyes y normas en materia policial vigentes en el país.

El estamento dictado por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (MPPRIJ) a través del Viceministerio del Sistema Integrado de Policía (Visipol), insta a los gobernadores, alcaldes, directores y directoras de los cuerpos de policía, Comités Ciudadanos de Control Policial (CCCP), Contraloría General de la República y demás organizaciones comunitarias debidamente organizadas a impulsar este proceso de participación popular que comenzó a principios del mes de marzo.

La planilla, publicada en la página en del Consejo General de Policía (www.consejopolicia.gob.ve), debe ser enviada en los siguientes 30 días a través del correo onsd.visipol@gmail.com por aquellas personas que deseen postularse para los listados regionales y nacional.

Del mismo modo, los postulados deberán consignar junto a la planilla, copia de la Cédula de Identidad ampliada y legible, copia del Registro de Información Fiscal (RIF), copia de los certificados realizados y carta de buena conducta. Todo los soportes deben ser enviados por MRW con atención a la Oficina Nacional de Supervisión Disciplinaria ubicada en el edificio del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, esquina el Platanal, piso 14 Viceministerio del Sistema Integrado de Policía, parroquia La Candelaria, Caracas.

Los postulados para conformar los Consejos Disciplinarios de Policía deben cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Ser de nacionalidad venezolana o tener más de 10 años de residencia en el país.
2.- Ser persona hábil y mayor de 21 años de edad.
3.- Tener buena conducta, idoneidad moral y no poseer antecedentes penales.
4.- No haber sido destituido o destituida de un órgano o ente del Estado.
5.- Poseer título de educación media diversificada
6.- En los casos de listas regionales, encontrarse residenciado o residenciada dentro de la región y de ser funcionario o funcionaria policial deberá estar activo.

Del mismo modo se prohíbe la postulación de personas que hayan sido condenados penalmente, sancionados por el Consejo Moral Republicano o la Contraloría General de la República (CGR), inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos, laboren o presten servicio en el Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo o Contraloría General, ejerzan un cargo de representación popular, tengan parentesco con directores o directoras de cuerpos de policía tanto Nacional como estadales y municipales, presten servicio o mantengan una relación contractual o convencional con el cuerpo de policía en cuyo consejo disciplinario participaría, salvo aquellos funcionarios y funcionarias policiales que deben formar parte del Consejo Disciplinario.

Tanto la Ley del Estatuto de la Función Policial (LEFPol) como en la Resolución ministerial N° 136 publicada en Gaceta Oficial N° 39.415 de fecha 03 de mayo de 2010 señala que los Consejos Disciplinarios estarán integrados por el funcionario o funcionario policial de mayor jerarquía, de mayor antigüedad, en condición de personal activo, por un funcionario o funcionaria policial con rango no inferior a comisionado agregado seleccionados de la lista regional de integrantes y por una persona seleccionada de la lista nacional.

Los Consejos Disciplinarios de los cuerpos de policía tanto Nacional como estadales y municipales son órganos colegiados, objetivos, e independientes que ejercen las funciones en materia disciplinaria y forman parte de la estructura organizativa y administrativa de los cuerpos de policía. Sus integrantes se constituyen temporalmente para conocer y opinar sobre los procedimientos de faltas sujetas a la sanción de destitución cometidas por los funcionarios y funcionarias policiales según sea el caso.

Para mayor información sobre los Consejos Disciplinarios de los cuerpos de policía del país y su funcionamiento, ingrese a la página web www.consejopolicia.gob.ve







Siguenos a traves de nuestro twitter @elparroquiano 


No hay comentarios: