martes, 26 de julio de 2011

En los aspectos más cotidianos de la vida en Comunidad Todos debemos ser Contralores Sociales


Caracas, 26 de julio de 2011.- La Contraloría Social debe estar dada dentro de las comunidades como un proceso transversal y permanente, para que sea garantía de transparencia, eficiencia y efectividad de todas las actividades que se desarrollen en el seno de las comunidades organizadas.
El ejercicio de la Contraloría Social abarca todos los
aspectos de la cotidianidad dentro de las comunidades y no debe limitarse a las prácticas propias de las organizaciones sociales de base y los
Consejos Comunales, es decir, todo ciudadano y ciudadana deben ser vigilantes de los trabajos que se generen en cada comunidad, siendo garantes del correcto desenvolvimiento de la Contraloría Social, para asegurar que la vida en sociedad sea cada día más satisfactoria para sus habitantes.
En la actualidad y gracias al proceso revolucionario del comandante Hugo Chávez Frías, todo ciudadano y ciudadana puede fungir como contralor social, deber y derecho que data de tiempos atrás, pero que nunca había sido puesto en práctica debido a los intereses netamente políticos y económicos imperantes en la cuarta república.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 62 reza: “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la
formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la
sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.
Además, el Gobierno Bolivariano ha puesto a disposición del pueblo una serie de organismos para la defensa, protección y apoyo a toda la sociedad, entre los cuales se encuentran el Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, INDEPABIS, Ministerio Público, SENIAT, Misiones Sociales, Defensoria del Pueblo, entre otros que están en la obligación de asistir y acompañar al Poder Popular en el correcto desempeño de la Contraloría Social.
Asimismo, existen una serie de instrumentos legales que apoyan el ejercicio de la Contraloría Social, entre los que destacan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Contraloría Social, Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Ley Orgánica de Comunas, Ley para la defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios, que soportan la puesta en práctica, ejecución y aplicación correcta de la Contraloría Social en el día a día de la sociedad.

Javier M. Rivero Quevedo / Prensa Fundacomunal Sede Central



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