En la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela número 40.091 de fecha 16 de enero de 2013 fue
publicada la resolución que norma la evaluación del desempeño a los
funcionarios y funcionarias policiales tanto de la Policía Nacional Bolivariana
(PNB) como de las policías estadales y municipales el país.
La resolución propuesta por el Consejo
General de Policía (CGP), y aprobada por el órgano rector en materia de
seguridad ciudadana, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores
y Justicia (MPPRIJ), tiene como finalidad desarrollar un régimen único de
evaluación del desempeño de los funcionarios y funcionarias policiales,
garantizando una metodología uniforme, que permita determinar objetivamente sus
habilidades, destrezas, competencias, condiciones físicas y mentales, así como
la solvencia moral en el desempeño y prestación de sus servicios a los cuerpos
de policía y en el ejercicio de la función policial.
Dicha norma establece contribuir a
desarrollar el nuevo modelo de carrera policial, de carácter civil y
profesional, integrado por funcionarios y funcionarias policiales que cuenten
con solvencia moral, aptitudes y competencias requeridas para el ejercicio
idóneo de las funciones y responsabilidades inherentes a cada nivel jerárquico
y rango policial, a los fines de mejorar y fortalecer el servicio de policía.
Dado su carácter integral, la evaluación
del desempeño de los funcionarios y funcionarias policiales serán valoradas en
base a 20 puntos en las siguientes áreas: Pruebas anuales de evaluación 30% (6
puntos); Supervisión continua 30% (6 puntos); Formación continua y
reentrenamiento 10% (2 puntos); Disciplina 15% (3 puntos); y Evaluación
institucional del cuerpo de policía 15% (3 puntos).
Es importante destacar que la Resolución
ministerial establece que todos los funcionarios y funcionarias policiales
tienen el derecho y el deber de participar en los procesos de evaluación de su
desempeño dentro del cuerpo de policía en el cual presten servicios. Ningún
funcionario o funcionaria policial podrá negarse o excusarse de participar en
dichos procesos.
Las Oficinas de Recursos Humanos de los
cuerpos de policía del país organizarán y realizarán los procedimientos de
evaluación del desempeño de los funcionarios y funcionarias policiales a través
de un Equipo Técnico de Procesos de Evaluación del Desempeño, el cual tendrá
carácter permanente, objetivo e imparcial, cumpliendo funciones de asesoría y
trámite de estos procedimientos acordes a norma.
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