viernes, 25 de enero de 2013

Vigente normativa sobre evaluación del desempeño a los funcionarios y funcionarias policiales



En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 40.091 de fecha 16 de enero de 2013 fue publicada la resolución que norma la evaluación del desempeño a los funcionarios y funcionarias policiales tanto de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) como de las policías estadales y municipales el país.

La resolución propuesta por el Consejo General de Policía (CGP), y aprobada por el órgano rector en materia de seguridad ciudadana, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (MPPRIJ), tiene como finalidad desarrollar un régimen único de evaluación del desempeño de los funcionarios y funcionarias policiales, garantizando una metodología uniforme, que permita determinar objetivamente sus habilidades, destrezas, competencias, condiciones físicas y mentales, así como la solvencia moral en el desempeño y prestación de sus servicios a los cuerpos de policía y en el ejercicio de la función policial.

Dicha norma establece contribuir a desarrollar el nuevo modelo de carrera policial, de carácter civil y profesional, integrado por funcionarios y funcionarias policiales que cuenten con solvencia moral, aptitudes y competencias requeridas para el ejercicio idóneo de las funciones y responsabilidades inherentes a cada nivel jerárquico y rango policial, a los fines de mejorar y fortalecer el servicio de policía.

Dado su carácter integral, la evaluación del desempeño de los funcionarios y funcionarias policiales serán valoradas en base a 20 puntos en las siguientes áreas: Pruebas anuales de evaluación 30% (6 puntos); Supervisión continua 30% (6 puntos); Formación continua y reentrenamiento 10% (2 puntos); Disciplina 15% (3 puntos); y Evaluación institucional del cuerpo de policía 15% (3 puntos).

Es importante destacar que la Resolución ministerial establece que todos los funcionarios y funcionarias policiales tienen el derecho y el deber de participar en los procesos de evaluación de su desempeño dentro del cuerpo de policía en el cual presten servicios. Ningún funcionario o funcionaria policial podrá negarse o excusarse de participar en dichos procesos.

Las Oficinas de Recursos Humanos de los cuerpos de policía del país organizarán y realizarán los procedimientos de evaluación del desempeño de los funcionarios y funcionarias policiales a través de un Equipo Técnico de Procesos de Evaluación del Desempeño, el cual tendrá carácter permanente, objetivo e imparcial, cumpliendo funciones de asesoría y trámite de estos procedimientos acordes a norma.

Para mayor información sobre las condiciones y requisitos estipulados en la presente resolución para el proceso de evaluación del desempeño de los funcionarios y funcionarias policiales, ingrese a la página web www.consejopolicia.gob.ve






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